Menu
agosto 25, 2026

Dirección General Parlamentaria

Artículo 65. Dirección General Parlamentaria
La Dirección General Parlamentaria del Senado es un órgano de la alta dirección, dependiente de la Oficialía Mayor del Senado. Está a cargo de un funcionario denominado “director general parlamentario del Senado”.
Su finalidad es brindar apoyo técnico y asesoramiento especializado en la labor de los órganos de la organización parlamentaria respecto a los procedimientos y funciones que la Constitución Política del Perú, el presente reglamento, el reglamento de la Cámara de Diputados y del Congreso de la República atribuyen al Senado.
Las funciones de la Dirección General Parlamentaria del Senado se encuentran previstas en el presente reglamento, en el Estatuto del Servicio Parlamentario, en el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Parlamentario y en otros instrumentos de gestión.

Artículo 66. Director general parlamentario
La designación, requisitos y cese del director general parlamentario se encuentran previstos

Mundo


Ver Web

Documento PDF

Congreso de la República del Perú

Cargando documento…