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agosto 25, 2026

Secretaría Técnica

 

En el Reglamento del Senado, la figura de la Secretaría Técnica o del Secretario Técnico no se define como un solo departamento autónomo general, sino como un órgano o cargo de asistencia profesional especializada que sirve de apoyo directo a las principales instancias del Senado.

El reglamento menciona esta figura en dos niveles o áreas clave de la organización parlamentaria:

1. Apoyo a la Oficialía Mayor (Art. 63)

  • La Oficialía Mayor es el máximo órgano administrativo del Senado (a cargo del Oficial Mayor).
  • El reglamento establece expresamente que el Oficial Mayor cuenta con una secretaría técnica. Esta área sirve como soporte administrativo y especializado directo para ayudar al Oficial Mayor a gestionar, organizar y dar trámite a las altas funciones del servicio parlamentario.

2. Apoyo a las Comisiones (Art. 137)

  • Las comisiones (que son los grupos de trabajo especializados donde se debaten y estudian las leyes) necesitan soporte profesional continuo para la elaboración de dictámenes, informes y gestión de sesiones.
  • El reglamento exige que la Mesa Directiva del Senado proporcione los recursos necesarios y estipula obligatoriamente que todas las comisiones deben contar con un secretario técnico (o especialista parlamentario), además de personal de apoyo. Este funcionario es el asesor técnico principal que guía el trabajo legal y documentario de la comisión.

 

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Congreso de la República del Perú

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