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agosto 26, 2026

Sobre los decretos D.U. durante el interregno parlamentario

 

Los Artículos 172 y 173 establecen el rol del Senado durante el periodo en que la Cámara de Diputados se encuentra disuelta (interregno parlamentario).

Funciones de Control:

  • El Poder Ejecutivo debe dar cuenta al Senado de todos los Decretos de Urgencia emitidos durante este periodo.
  • El Senado revisa que estos decretos estén estrictamente vinculados al normal funcionamiento del Estado o a la política general del Gobierno.
  • El Senado tiene la facultad plena para modificar o derogar estos decretos con el voto de la mayoría de sus miembros presentes.
  • La modificación aprobada se remite al Presidente del Congreso para su inmediata promulgación y publicación.

 

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Congreso de la República del Perú

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